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Marruecos: Tener efectivo no declarado es castigado por la ley

Jueves 16 de enero de 2020

Cualquier contribuyente que no haya regularizado voluntariamente su situación fiscal está sujeto a sanciones dentro de los límites de la ley. La Dirección General de Impuestos (DGI) acaba de publicar una nota que proporciona información sobre las disposiciones relativas a los activos líquidos.

Se trata de un régimen preferencial instituido como medida despectiva por la Ley de Finanzas para el año 2020. La tasa de contribución se fija en el 5% del importe de los activos líquidos mantenidos, en moneda fiduciaria en forma de billetes que se depositarán en un banco, o en el importe de los activos líquidos ya depositados en cuentas bancarias. Esta contribución se aplica a las personas físicas, que tienen su domicilio fiscal en Marruecos, cuyos ingresos o beneficios proceden de una actividad profesional o agrícola, y que se encuentran en situación irregular con respecto a las obligaciones fiscales previstas por el Código General de Impuestos (CGI).

La regularización se realiza, en primer lugar, mediante el depósito de activos líquidos en una entidad de crédito, y luego mediante la presentación de una declaración, dijo la DGI en su nota circular.

En cuanto a las sanciones aplicables a las personas interesadas y que no cumplan con las condiciones y obligaciones previstas, no tienen derecho a las disposiciones de esta contribución y siguen estando sujetas a las disposiciones de la ley previstas por el CGI.

Las entidades de crédito con estatus bancario que no paguen dentro del plazo, el importe de la contribución incurre, además del pago de la contribución principal, la aplicación de las sanciones de recuperación previstas por el CGI.

Los interesados, según la nota, disponen de un plazo comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2020 para inscribirse en la devolución y pagar el importe de la contribución antes mencionada. Este período puede prorrogarse por un período de dos meses, prorrogable solo una vez.