El Alto Tribunal de la Unión europea con sede en Luxemburgo insta a los Europeos a considerar el interés superior de los MENAS en el proceso de su expulsión hacia su país de origen. Mientras se pronuncia sobre la situación de un menor oriundo de Guinea, la alta instancia jurídica europea recuerda que la vida del pequeño guineano de 15 años podría cambiar y ser más vulnerable. Según la TJUE, las autoridades neerlandesas no deben expulsar este joven migrante quien no dispone de ningún permiso de residencia en los Países Bajos.
Cabe recordar que el joven guineano ya solicitó un permiso de residencia en 2017 invocando el derecho de asilo. Además, explicó en su expediente haber sido víctima de abusos sexuales en los Países Bajos, un motivo que le expone a un probable rechazo por parte de su familia en Guinea si viene expulsado. Desgraciadamente, ninguno de estos motivos convenció a las autoridades del tribunal holandés quienes le negaron el derecho de asilo.
Por otra parte, la Dirección general de protección de la infancia (DGAIA) explica que “los MENAS son niños que, en su mayoría, no están bajo la tutoría ni de sus padres biológicos, ni de un pariente próximo”. También, indica en su último informe realizado en noviembre de 2020 que se registran actualmente 732 MENAS en la región de Cataluña, o sea, un 14,8% oriundo del África subsahariana, un 7,5% del Magreb (excluyendo Marruecos), un 68,7% de Marruecos y un 5,3% oriundo de otras nacionalidades.