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Inmigración: el Supremo español desestima la anulación de 30 millones de euros de ayuda a Marruecos

Domingo 10 de enero de 2021, por Bladi.es

Las ONGs Acces, Info Europe y Andalucía Acoge presentaron un recurso contra la ayuda de 30 millones de euros, concedidos a Marruecos para luchar contra la inmigración irregular, por considerar el desbloqueo de estos fondos inapropiado en relación con la causa para la que va destinada.

La ayuda en cuestión remite a un fondo de 30 millones de euros concedido por España a Marruecos, a través de una decisión del consejo de ministros de 2019, para enfrentar el reto migratorio, informa El País al apuntar que esta decisión será impugnada ante la justicia por tres ONGs a saber Acces, Info Europe y Andalucía Acoge.

Para las tres organizaciones no gubernamentales, los fondos concedidos por el gobierno español se hicieron en completo desajuste con la normativa, además de producirse la ayuda en un contexto de descenso de la presión migratoria. Con lo cual, para ellas la decisión del consejo de ministros más que atender una situación fue más bien de tono discrecional.

Los magistrados del tribunal supremo español han considerado que los demandantes que recurrieron a la vía contencioso-administrativa han de tener interés legítimo, entendiendo por interés legítimo, “un interés en sentido propio, cualificado o específico, de tal forma que la anulación del acto produzca de modo inmediato un efecto positivo (obtener un beneficio) o negativo (evitar un perjuicio), actual o futuro pero cierto en quienes pretenden impugnarlo”.

Las tres ONGs demandantes no han podido justificar esta tesis lo suficientemente al pedir la anulación del Fondo de Contigencia, pudiendo llevar la inadmisión del recurso que presentaron por el Supremo. “No se acredita el interés singular o específico, pues no se acredita de forma suficiente en qué medida la anulación del Fondo de Contingencia (...) pueda implicar un beneficio o ventaja para dichas entidades”, aseguran los magistrados.

Cabe recordar que las tres entidades demandantes discrepan con el criterio en que se fundamenta la sentencia de anulación del Supremo al defender que si la sociedad civil española tiene interés legítimo, sus componentes también lo habrían de tener. Apuntan las ONGs que la “nula transparencia sobre el control de estos fondos públicos, es realmente preocupante para el control democrático”,