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España: ¿los marroquíes están exentos de la prueba PCR a la entrada del país?

Martes 26 de enero de 2021, por Bladi.es

La ministra española de Asuntos Exteriores, Arancha González, revocó en un tuit la decisión que exime a los viajeros marroquíes de dar un resultado negativo en la prueba PCR a su llegada a España. Esta reacción desencadenó una polémica.

La embajada de España en Marruecos informó a través de su cuenta Twitter que desde el 11 de enero hasta el 24 de enero no se exigirá a los pasajeros procedentes de Marruecos que presenten un test de PCR negativo a su llegada a España. La información fue difundida por varios sitios web y redes sociales, antes de que la ministra de Asuntos Exteriores, Arancha González Laya, la desmintiera a través de su cuenta Twitter, calificándola de "falsa".

Según algunas fuentes, el ministro español confundió la lista elaborada por la Unión Europea de terceros países cuyos ciudadanos están autorizados a entrar en territorio español con la lista del Ministerio de Sanidad de países considerados "de riesgo" y cuyos viajeros deben tener un PCR negativo para entrar en España.

La lista de países considerados de riesgo se revisa y actualiza cada 15 días. Para que un país sea excluido de esta lista, debe tener una incidencia acumulada inferior a 150 por 100 000 habitantes en 14 días. Marruecos dejó de ser considerada zona de riesgo el 11 de enero.

En uno de sus tuits, González Laya también citó erróneamente el decreto INT / 657/2020, que hace referencia a los países, entre ellos Marruecos, que no se han visto afectados por la restricción temporal de viajes no esenciales a la UE, que entró en vigor el 16 de julio de 2020.

Sin embargo, mediante la orden INT / 1278/2020, el Ministerio del Interior redujo la lista de países a ocho. Se trata de Australia, el Japón, Nueva Zelanda, Ruanda, Singapur, Corea del Sur, Tailandia y China. Así, hasta el 31 de enero, solo los viajeros de estos países pueden entrar en el territorio Schengen.

A partir de ahora, los viajeros procedentes de Marruecos solo podrán venir a España si cumplen alguna de las condiciones establecidas en el artículo 1.1 de la Orden INT / 595/2020 del Ministerio del Interior. A estos viajeros y a los españoles residentes en el extranjero va dirigida la comunicación de la Embajada de España en Marruecos.